Si has donado a la Fundación Nzuri Daima, contacta con nosotros para que te emitamos un certificado. De acuerdo con la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, las deducciones fiscales por donativos a entidades sin fines lucrativos son las siguientes:

Personas Físicas (IRPF) Personas Jurídicas (IS)
De los primeros 250€ de donación tienes una deducción de 80%. Si donas más cantidad en el año,  las deducciones son de un 40% a 45% a partir de esos primeros 250€. *Hay comunidades autónomas con distintas cifras, consultad. A partir de 150€ de donación tienen una deducción de 40%. 45% si donas por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores Independientemente de la cantidad, la deducción es del 40%. 50% si donas por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores

Ejemplo

De esta forma, hermanar un niño aportando 50 € al mes = 600 € al año, recuperas el 80% de los primeros 150€ (120 €) y el 35% de los 450 € (157,5 €), en total 277,5 €.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies